Mar 16, 2022 | Jerga Parlamentaria

El censo electoral es la relación de personas que tienen derecho a voto en cada uno de los comicios que se celebren. Para las elecciones generales, está compuesto de los españoles mayores de edad con sus plenitud de derechos civiles.
Seguro que alguna vez te has dado cuenta de que los bancos de la primera fila del Hemiciclo no son de color rojo como el resto, sino que son de color azul. Por este motivo, en la jerga parlamentaria, a estos asientos los llamamos el “banco azul” y los ocupan el presidente del Gobierno y sus ministros.
La Legislatura tiene una duración de cuatro años, plazo que puede verse acortado por disolución anticipada de las Cámaras. La decisión del presidente del Gobierno o la aplicación de lo establecido en los artículos 99.5 y 168 de la Constitución pueden producir la disolución anticipada.
Es la relación ordenada de personas que se presentan a unas elecciones. Pueden presentarse los partidos políticos, las coaliciones de partidos y las agrupaciones de electores, como regula la LOREG. Solo pueden presentar una candidatura por circunscripción.
¿Cuándo un voto es válido y cuándo es voto nulo o se considera voto en blanco? En este post, te contamos sus diferencias, según lo que se establece en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)
Para las elecciones generales, diputados y senadores se eligen en circunscripciones electorales. Para la Cámara Baja, cada una de las cincuenta provincias, Ceuta y Melilla funcionan como circunscripción electoral
Finalizada la jornada electoral y antes de convertir los votos en escaños es necesario hacer el recuento de papeletas. Primero se lleva a cabo un escrutinio en los colegios electorales y cinco días más tarde el escrutinio general, en el que se incluye el voto de los españoles residentes en el extranjero
Ambos son derechos recogidos la Constitución Española (CE), pero sabrías cuál es la diferencia entre sufragio activo y sufragio pasivo. Te lo explicamos.
Cualquier español mayor de edad que esté en pleno uso de sus derechos civiles puede ser candidato en unas elecciones, salvo que incurra en alguna de las causas de inelegibilidad, como ser magistrado del Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo o juez o fiscal en activo. Además, existen una causas de incompatibilidad que imposibilitan ocupar escaño en el Congreso o en el Senado y ejercer ciertas actividades simultáneamente.